ESQUIVEL, MIRTHA DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora reclamó el recálculo de su haber previsional bajo el régimen general de la ley 24.241 y la aplicación de la movilidad de la ley 24.016 con tasa de interés pretendida. La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó ambos recursos de apelación y mantuvo la movilidad docente y la imposición de costas a la ANSeS.
¿Quién es el actor?
Mirtha del Valle Esquivel.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recálculo del haber inicial (PBU, PC y PAP) y posterior movilidad conforme al régimen general de la ley 24.241, en lugar del régimen docente de la ley 24.016; cuestionamiento de la tasa de interés aplicada.
¿Qué se resolvió?
la Cámara rechazó los recursos de apelación de la ANSeS y de la parte actora y confirmó la sentencia de grado, que había hecho lugar a la demanda, dejado sin efecto la resolución administrativa y ordenado el pago de las diferencias de movilidad docente con intereses. Sin costas de Alzada por falta de contradictorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el régimen general: "no alcanza a reunir los 30 años de aportes mínimos exigidos por el régimen general para la obtención de un beneficio", y "no se encuentra evidenciado un mayor esfuerzo contributivo que justifique la aplicación del régimen general a los fines de un reajuste de su haber bajo tales pautas".
Sobre la movilidad docente: se remitió al precedente "Abdo, Delia Graciela c/ ANSeS" y a "Gemelli" (Fallos: 328:2829), sosteniendo que "el régimen de la ley 24.016 se encuentra vigente, por lo que no puede sostenerse válidamente que ello pueda resultar desplazado por las disposiciones del decreto 137/05".
Sobre la tasa de interés: se remitió a los precedentes de la Sala y señaló que "la actora no acreditó el perjuicio concreto que le irrogaría la utilización de la tasa pasiva para uso judicial publicada por el BCRA".
Sobre costas: "atento al resultado del pleito... corresponde rechazar el agravio vertido por la representación de la demandada y confirmar la imposición de primera instancia a la demandada vencida (art. 68 del CPCCN)".
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Normas que cita
- Ley 24.016Docentes
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Decreto 137
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Acordada 24
- Acordada 10
Fallos que cita
- GemelliCSJN · Fallos 328:2829
- Abdo, Delia Graciela c/ ANSeSCFSalta Sala II · 17/03/2016
- Gómez Borus, María Amelia c/ ANSeSCFSalta Sala II · 16/03/2020
- Mansilla, Ramón Oscar c/ ANSeSCFSalta Sala II · 22/06/2018
- Caliva, Roberto Daniel c/ ANSeSCFSalta Sala II · 13/07/2020
- Mamaní, Juan Carlos c/ ANSeSCFSalta Sala II · 14/07/2020
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