GARCIA, MARCELA FERNANDA c/ EN-M AGROINDUSTRIA s/EMPLEO PUBLICO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala II, apelaciones por regulación de honorarios en una causa de empleo público contra el Estado Nacional. Confirmó los honorarios de la patrocinante de la actora, redujo los del perito contador Pablo Daniel Zuccaro a $476.959,50 y reguló en $211.982 los del letrado apoderado de la demandada.
Actor (actora): Marcela Fernanda García.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (M. Agroindustria).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
causa de empleo público; la cuestión decidida es la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes.
¿Qué se resolvió?
se confirman los emolumentos de la DRA. Marquesa Paola Mondino Varela (patrocinante de la actora); se reducen a $476.959,50 (4,5 UMA) los del perito contador Pablo Daniel Zuccaro; y se regulan en $211.982 (2 UMA) los honorarios del DR. Alejandro Martín Córdoba (letrado apoderado de la demandada), por la incidencia resuelta el 25/10/2024. El IVA integra las costas y se adiciona cuando el profesional es responsable inscripto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito."
"...no resulta conveniente tan sólo la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles, en la medida en que las cifras a las que se arriba pudieren conducir a una evidente e injustificada desproporción con la obra realizada."
"...la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S. Fallos, 270:388; 296:124, entre muchos más)."
Respecto del perito: "...atento la entidad y amplitud de las cuestiones sometidas a conocimiento del perito contador..., así como la proporción que deben guardar los honorarios de los expertos respecto de los que corresponda a los restantes profesionales que intervinieron en el pleito (C.S., Fallos: 260:14 y 300:70, entre otros)..."
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Normas que cita
- Ley 27.423arts. 14, 16, 20, 21, 24, 29, 30, 58, 59 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Decreto 1077/17
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
Fallos que cita
- Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina c/E.N. -M° de Salud y Acción Social- y otroCNCAF Sala II · 30/12/1997
- Estado Nacional (M.O.S.P. y E.) c/Baiter S.A.CNCAF Sala II · 02/04/1998
- Beccar Varela Emilio - Lobos Rafael Marcelo c/Colegio Públ. de Abog.CNCAF Sala II · 16/07/1996
- Fallos 270:388CSJN
- Fallos 296:124CSJN
- Fallos 260:14CSJN
- Fallos 300:70CSJN
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