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Cámara de Apelaciones

VALDIVIEZO JOSE HERNAN Y OTRO/A C/ BARRAZA MARIA ISABEL S/ EXCLUSION DE HERENCIA (CODIGO 85)

Los actores, hijos del causante, promovieron demanda de exclusión de herencia contra la cónyuge supérstite por separación de hecho sin voluntad de unirse (art. 2437 CCyC). La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de La Matanza (Sala I) rechazó la apelación de la demandada y confirmó la sentencia de grado que había hecho lugar a la exclusión, con costas de Alzada a la apelante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-26216-2023
Exclusion de herencia Separacion de hecho sin voluntad de unirse Art. 2437 ccyc Vocacion hereditaria conyugal Conyuge superstite Proyecto de vida en comun Prueba de la voluntad volitiva Confesion judicial Pericia caligrafica Sucesion ab intestato Costas objetivo de la derrota.

¿Quién es el actor?

José Hernán Valdiviezo y Estefanía Yanet Valdiviezo.

¿A quién se demanda?

María Isabel Barraza, cónyuge supérstite del causante Luis Alberto Valdiviezo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

exclusión de la vocación hereditaria de la cónyuge en la sucesión ab intestato del causante, por la causal de separación de hecho sin voluntad de unirse (art. 2437 CCyC).

¿Qué se resolvió?

por mayoría (votos de los Dres. Pérez Catella, Taraborrelli y Posca), se rechazó el pedido de deserción formulado por la actora, se rechazó la apelación de la demandada y se confirmó en lo que fue materia de agravios la sentencia de grado del 30/10/2025 que hizo lugar a la demanda, con costas de Alzada a la demandada vencida y diferimiento de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Bajo el régimen del Código Civil derogado, el art. 3575 (texto según ley 23.515) exigía indagar la culpabilidad en la separación [...] El Código Civil y Comercial, al desaparecer la cuestión de la culpabilidad como eje del régimen de divorcio (art. 435 y ccs.), consagra en el art. 2437 una causal puramente objetiva: la sola separación de hecho sin voluntad de unirse excluye la vocación hereditaria de ambos cónyuges, sin importar quién dio lugar a ella."

"Ahora bien, quien invoca esa hipótesis para conservar su vocación hereditaria frente a domicilios distintos debe acreditar que, más allá de las viviendas diferentes, los cónyuges no se encontraban separados de hecho 'sin voluntad de unirse', sino que mantenían la comunidad de vida de acuerdo a su estilo propio."

"El elemento volitivo (falta de intención de recomponer la unión) surge, de manera insustituible, de la demanda de divorcio por presentación unilateral que el causante promovió el 16/12/2021 [...] denunciando encontrarse separado de hecho desde el 16/9/2021 'debido a diferentes circunstancias' que 'tornaron imposible la vida en común', y declarando como domicilio real el de la calle Sapaleri [...]. La autenticidad de su firma fue verificada por la pericia caligráfica."

"En el caso, los actores acreditaron el hecho objetivo de la separación mediante la demanda de divorcio unilateral [...] Correspondía entonces a la demandada, y no a los actores, demostrar que esa separación fue meramente transitoria o que subsistía el proyecto de vida en común; carga que [...] no logró satisfacer."

"Se trata de una confesión judicial expresa que [...] hace plena prueba contra quien la formula [...] Esta confesión no es un dato menor: proviene de la propia parte interesada en sostener la subsistencia de la convivencia [...]. Su peso es, por tanto, dirimente en el conjunto probatorio."

"Cabe recordar que la doctrina de la arbitrariedad [...] es de aplicación restrictiva [...] Los agravios de la demandada no denuncian, en rigor, un apartamiento de esa naturaleza, sino que proponen una lectura alternativa de la misma prueba ya valorada por el Sr. Juez de grado, lo cual resulta insuficiente para modificar el pronunciamiento apelado."

"En cuanto a las costas de primera instancia, no se advierten en el caso circunstancias excepcionales [...] que justifiquen apartarse del principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCC)."

Normas que cita

  • CCyCNarts. 2437, 431, 432, 435, 437, 438, 265 y ss., 475 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CC (derogado)arts. 3575, 199, 200
  • Ley 23.515art. 204 · Codigo civil
  • CPCCNarts. 68, 260, 261, 375, 384, 421 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 168
  • Acordada 4039 SCBA (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 340

Fallos que cita

  • Mauri de Mauri, Francisco y otras s/sucesiónCNCiv. en pleno · 12/02/1986
  • Juárez, Oscar Rubén c/ Empresa San Vicente S.A.T. y otro s/ Daños y perjuiciosSCBA · 18/02/2021
  • Berdichevsky, Claudia c/ Swiss Medical S.A.SCBA · 19/04/2017
  • Pérez Sánchez, Francisco c/ Carapella, Sergio s/ Daños y perjuiciosCApel. CyC La Matanza Sala I · 21/08/2019
  • Kuxhaus, Rosa María s/ sucesorio ab intestatoCApel. Civ. Com. · 11/03/2021
  • Fallos 258:304CSJN
  • Fallos 262:222CSJN
  • Fallos 265:301CSJN
  • Fallos 272:225CSJN
  • Fallos 329:717CSJN

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