JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LALLI LUCIANO ENRIQUE S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Luciano Enrique Lalli por una deuda de $771.962,60. Ante la falta de oposición de excepciones en término, el Juzgado mandó llevar adelante la ejecución con intereses según el artículo 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
83993
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Llevar adelante la ejecucion Excepciones Perdido el derecho Intereses Articulo 104 codigo fiscal Costas Honorarios diferidos

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

LALLI, LUCIANO ENRIQUE.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro compulsivo de un capital de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON SESENTA CENTAVOS ($ 771.962,60), con intereses desde la interposición de la demanda (03/07/26) hasta el pago efectivo.

Resolución: el demandado fue intimado de pago en su domicilio de calle Saavedra Nº 4091, Saladillo, y no opuso excepciones legítimas dentro del plazo legal, por lo que el Tribunal le dio por perdido el derecho que dejó de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). Por ello se mandó llevar adelante la ejecución, se impusieron costas a la vencida y se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido el demandado LALLI, LUCIANO ENRIQUE intimado de pago en el domicilio de calle Saavedra Nº 4091, Saladillo, Provincia de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado LALLI, LUCIANO ENRIQUE haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON SESENTA CENTAVOS ($ 771.962,60). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 03/07/26- y hasta su efectivo pago."

"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)."

"3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 07/08/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

Normas que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.