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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DUARTE SANDRA VIVIANA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió proceso de apremio provincial contra Sandra Viviana Duarte para obtener el cobro de un capital de $1.322.375,00 más intereses. Ante la falta de oposición de excepciones dentro del plazo legal, el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución, impuso costas a la vencida y difirió la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
83726
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Llevar adelante la ejecucion Falta de excepciones Perdida del derecho a oponer excepciones Intereses articulo 104 codigo fiscal Costas a la vencida Diferimiento de honorarios Ley 13.406

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

DUARTE, SANDRA VIVIANA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 1.322.375,00), con intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (22/06/26) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

habiendo sido la demandada intimada de pago en el domicilio de calle 52 Nº 2363 de Los Hornos, La Plata, y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, se dio por perdido el derecho que dejó de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). En consecuencia, se resolvió mandar llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, imponer las costas a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), diferir la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts. 1, 2, 9, 10 y concs. ley 14967 y modificatorias), y tener por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido la demandada DUARTE, SANDRA VIVIANA intimada de pago en el domicilio de calle 52 Nº 2363 de Los Hornos, La Plata, Provincia de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada DUARTE, SANDRA VIVIANA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 1.322.375,00)."

"Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 24/06/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC)."

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