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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARTINEZ HUGO ALBERTO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra Hugo Alberto Martínez por deuda fiscal. Ante la falta de oposición de excepciones legítimas en término, el Tribunal dictó sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución por $942.573,00 más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - DOLORES
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
25457
Apremio provincial Ejecucion fiscal Sentencia de trance y remate Llevar adelante la ejecucion Perdida del derecho a oponer excepciones Intimacion de pago Constitucion de domicilio Intereses del codigo fiscal Costas al vencido Ley 13.406

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

MARTINEZ HUGO ALBERTO, con domicilio fiscal en Calle 34 Nro. 225, CP 7106, Loc. Las Toninas, según mandamiento adjunto.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

capital de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES CON 0/100 ($942.573,00), con intereses conforme el art. 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo.

¿Qué se resolvió?

se declara perdido el derecho de la parte ejecutada a oponer excepciones por no haberlas deducido en término (arts. 116 y 155 CPCC). Se dicta sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital e intereses. Se tiene por constituido el domicilio de la ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 CPCC). Se imponen las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556 CPCC) y se difiere la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El demandado HUGO ALBERTO MARTINEZ, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio FISCAL: CALLE CALLE 34 - NRO. 225 - CP. 7106 - LOC. LAS TONINAS (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)."

"Por ello, conforme lo pedido y dispuesto por la Ley 13.406, RESUELVO: [...] 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MARTINEZ HUGO ALBERTO haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES CON 0/100 ($942.573,00). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago."

Normas que cita

  • Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 25
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 41, 116, 155, 556
  • CODIGO FISCAL (Provincia De Buenos Aires)art. 104
  • Resolución 39/11 (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 4039 (Provincia De Buenos Aires)art. 10

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