FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MALVAREZ NESTOR OSCAR S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal de apremio contra Néstor Oscar Malvarez por capital reclamado de $1.429.359,20. El Juzgado, ante la falta de excepciones legítimas en término, dictó sentencia de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución con intereses desde la interposición de la demanda.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Néstor Oscar Malvarez (MALVAREZ NESTOR OSCAR).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 20/100 ($1.429.359,20), con intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se tiene por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado; se dicta sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago; se imponen las costas al vencido y se difiere la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"AUTOS Y VISTOS: El demandado NESTOR OSCAR MALVAREZ, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio FISCAL: CALLE AV 4 - NRO. 3118 - CP. 7165 - LOC. VILLA GESELL (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)."
"Por ello, conforme lo pedido y dispuesto por la Ley 13.406, RESUELVO: 1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC). 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MALVAREZ NESTOR OSCAR haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 20/100 ($1.429.359,20). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. 3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."
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Normas que cita
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 25
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 41, 116, 155, 556
- Código Fiscal (Provincia De Buenos Aires)art. 104
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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