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Primera Instancia

BALANCIN PRIMO Y OT S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramita la sucesión ab-intestato de Primo Balancin y Gladys Minerva Barrientos Alvarez, con declaratoria de herederos a favor de la cónyuge supérstite y de su hijo. El Juzgado en lo Civil y Comercial N°14 de Mar del Plata dictó la declaratoria de herederos en favor de Gladys Minerva Alvarez Barrientos, respecto de los bienes propios del causante Balancin, y de Pablo Antonio Millan Barrientos, como heredero de la causante Alvarez Barrientos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº14 - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
10148
Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Conyuge superstite Bienes propios y gananciales Edictos Registro de juicios universales Registro de testamentos Instituto de prevision social Intervencion del ministerio publico fiscal.

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (se trata de un proceso sucesorio iniciado por los herederos o interesados, sin que el fallo identifique a los promotores).

¿A quién se demanda?

No corresponde (proceso sucesorio sin contradictor).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos ab-intestato de Primo Balancin (fallecido el 7/5/2000) y de Gladys Minerva Barrientos Alvarez (fallecida el 24/6/2005), ambos en Mar del Plata.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró herederos, en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, a: (i) por el fallecimiento de Balancin Primo, su cónyuge Gladys Minerva Alvarez Barrientos, en cuanto a los bienes propios y sin perjuicio de los derechos sobre los gananciales; (ii) por el fallecimiento de Gladys Minerva Alvarez Barrientos, su hijo Pablo Antonio Millan Barrientos. Asimismo, dispuso el cese de la intervención del Agente Fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"II. Que con el certificado acompañado con el escrito de demanda se acredita el fallecimiento de Balancin Primo, ocurrido el día 7 de mayo del año 2000 y de Barrientos Alvarez Gladys Minerva, ocurrido el día 24 de junio del año 2005, ambos en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires."

"III. Que con el certificado que luce a fs. 15 se acredita el matrimonio de los causantes celebrado el día 10 de enero de 1990 en Mar del Plata."

"IV. Que con el certificado acompañado a fs. 14 se acredita el nacimiento de Pablo Antonio Millan Barrientos ocurrido el día 8 de febrero de 1974 en el Departamento de Puente Alto, Chile, fruto de la relación entre la Sra. Barrientos Alvarez Gladys Minerva y el Sr. Carlos Antonio Millán Rojas."

"I. Que con el ejemplar agregado a fs. 30 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C.C.. II. Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario. III. Que en autos obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, al Registro de Testamentos y la constancia negativa de beneficio extraída de la página web del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires."

"IV. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los Arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y Arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.C. DECLARO: 1ro.) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de Balancin Primo le sucede en carácter de heredera su cónyuge Gladys Minerva Alvarez Barrientos; este última en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales. Y por el fallecimiento de Gladys Minerva Alvarez Barrientos le sucede en carácter de heredero su hijo PABLO ANTONIO MILLAN BARRIENTOS, 2do.) Cese la intervención del señor Agente Fiscal."

Normas que cita

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