DIAZ LORENA ANDREA C/ ZIGNAGO Y LAVEZZOLO MARÍA LUISA Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA VENTEAÑAL (124)
La actora promovió acción de prescripción adquisitiva veinteañal sobre un inmueble en Lomas de Zamora, uniendo su posesión a la de sus antecesores. El Tribunal hizo lugar a la usucapión y rechazó la reconvención por reivindicación deducida por los demandados, por considerar acreditada la posesión pública, pacífica y continua durante el plazo legal.
¿Quién es el actor?
Lorena Andrea Díaz, quien unió su posesión a la de su cedente Antonio Díaz y a la de Carlos/Rafael Morales.
¿A quién se demanda?
titulares registrales del inmueble (Zignago y Lavezzolo, Bollini, Hudson, Lorenzetti, Ferreyra, Gaviola) y quienes resulten propietarios. Los Hudson e Inés Gaviola dedujeron reconvención por reivindicación. Algunos demandados fueron declarados rebeldes y se designó Defensor Oficial para los no notificados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
prescripción adquisitiva de dominio sobre la Parcela 28 "a", Manzana 43, Circunscripción I, Sección V, Partida 48.828, Lomas de Zamora (Lote 40, Manzana "t").
¿Qué se resolvió?
se rechazó la reconvención por reivindicación y se hizo lugar a la demanda de usucapión, ordenando la inscripción en el Registro de la Propiedad previa cancelación de la anotación de dominio precedente. Costas a la reconviniente vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para poder prescribir el dominio de un inmueble se debe acreditar su uso como si fuera propio en forma continua, ininterrumpida, pública y pacífica durante un plazo de veinte años (art. 4015 y concs. del Cód. Civil)."
"Para que puedan sumarse dos posesiones, en hipótesis de sucesión particular son: a) que ninguna de las dos posesiones sea viciosa; b) que no estén separadas por una posesión viciosa y se liguen inmediatamente y, c) que procedan la una de la otra a través de un vínculo jurídico, aunque sea defectuoso."
Las testimoniales (Rodolfo Pedro González, Néstor Haroldo Rodríguez, Miguel Ángel Cáceres, María Rosa Pérez) y la prueba documental (pago de impuestos desde 1987, conexión de gas de 1986, plano de obra aprobado en 1987) acreditaron actos posesorios de la actora y sus antecesores.
"La acreditación del título de dominio demuestra la existencia del derecho registrado, mas no, por sí sola, el ejercicio material de la posesión, frente a la acreditación de la continuidad de las sucesivas posesiones invocadas por la accionante."
"Encontrándose cumplido el plazo de prescripción adquisitiva con anterioridad al ejercicio de la acción reivindicatoria, la titularidad registral invocada por los reconvinientes no resulta suficiente para obtener la restitución del inmueble."
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Normas que cita
Fallos que cita
- Acción de prescripción Ac. 38.447SCBA · 26/04/1988
- Acción Ac. 39.743SCBA · 13/09/1988
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