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Primera Instancia

ARCA c/ SALAZAR PABLO ANDRES s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La ARCA inició ejecución fiscal contra Pablo Andrés Salazar por una deuda de $16.976.159,24 y el juzgado ordenó el archivo de las actuaciones porque el deudor se acogió a un plan de pagos en sede administrativa. Se impusieron las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE NEUQUEN 1 - SECRETARIA TRIBUTARIA Y PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE GENERAL ROCA
Jurisdicción
Federal · Rio Negro
Expediente
FGR 020156/2026
Ejecucion fiscal Plan de pagos Archivo de actuaciones Facilidades de pago Certificado de deuda Medidas precautorias Costas Arca Ley 11.683 Conformidad arancelaria

¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero - ARCA).

¿A quién se demanda?

Pablo Andrés Salazar.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de $16.976.159,24 de acuerdo con el Certificado de Deuda glosado en autos.

¿Qué se resolvió?

se ordenó el archivo de las actuaciones (art. 92, párrafo 24, de la ley 11.683, modif. por ley 27.430); se dispuso que el levantamiento de las medidas precautorias se producirá sin nueva orden judicial una vez satisfecha la pretensión fiscal, y que la comunicación será diligenciada por el representante del Fisco en un plazo no mayor a cinco días hábiles de cancelado el crédito; se impusieron las costas a la demandada (art. 68 del CPCCN) y se tuvo por prestada la conformidad arancelaria (art. 10 de la ley 27.423).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la ejecutante manifiesta que la demandada se acogió a un plan de pagos en sede administrativa, sin que se haya dictado sentencia de trance y remate en autos, razón por la cual corresponde ordenar el archivo de las actuaciones, toda vez que 'Frente al acogimiento del deudor ejecutado a un régimen de facilidades de pago, el representante del Fisco solicitará el archivo de las actuaciones. De producirse la caducidad de dicho plan, por incumplimiento de las cuotas pactadas o por cualquier otro motivo, la Administración Federal de Ingresos Públicos estará facultada para emitir una nueva boleta de deuda por el saldo incumplido' (art. 92, párrafo 24, de la ley 11.683, modif. por ley 27.430)."

"Las costas serán impuestas a la accionada, toda vez que fue su conducta la que obligó al organismo fiscal a emitir el certificado de deuda y a recurrir a esta instancia judicial de ejecución a fin de satisfacer su acreencia."

Normas que cita

  • Ley 11.683art. 92 · Procedimiento fiscal
  • Ley 27.430art. 92 · Impuestos
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423art. 10 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Decreto 953
  • Acordada 10/2025
  • Acordada 4/2020art. 11
  • Acordada 12/2020

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