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Primera Instancia

LANDRIEL LILIANA ANDREA C/ VILLALBA YESICA LORENA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La actora solicitó el beneficio de litigar sin gastos para promover un proceso de determinación de precio de alquileres contra la Sra. Villalba. El Tribunal concedió el beneficio con el alcance previsto en los arts. 78, 79, 81 y 84 del CPCC, eximiéndola del pago de costas y gastos judiciales mientras no mejore de fortuna.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 8 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-37315-2024
Beneficio de litigar sin gastos Incidente Determinacion de precio de alquileres Arts. 78 79 81 y 84 cpcc Insuficiencia economica Costas y gastos judiciales Locacion.

¿Quién es el actor?

LANDRIEL LILIANA ANDREA (solicitante del beneficio de litigar sin gastos).

¿A quién se demanda?

VILLALBA YESICA LORENA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

determinación de precios de alquileres, proceso principal en el cual se pretende litigar sin el pago de costas ni gastos judiciales.

¿Qué se resolvió?

se concede a la Sra. Landriel el beneficio de litigar sin gastos, con el alcance dispuesto en los arts. 78, 79, 81 y 84 del CPCC, para litigar contra la Sra. Villalba sin tener que satisfacer costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad del art. 84 del CPCC. Se ordena notificar conforme Ac. 4.013/2021 de la SCBA y registrar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal fundó la concesión en la información sumaria acompañada en fecha 19/12/2024, en las declaraciones testimoniales adjuntadas el 21/1/2025 (previa acreditación de la identidad de los testigos mediante copias de DNI) y en los informes de los Registros de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, de la C.A.B.A. y del Registro de la Propiedad Automotor, todo ello en virtud de lo dispuesto por los arts. 78, 79 y 81 del CPCC. La resolución se transcribe en su parte dispositiva: "Conceder a LANDRIEL LILIANA ANDREA el beneficio de litigar sin gastos requerido, con el alcance que determina las citadas disposiciones y el art. 84 del mismo código, pudiendo, en consecuencia, litigar por DETERMINACION DE PRECIOS DE ALQUILERES contra VILLALBA YESICA LORENA, sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el artículo 84 del CPCC."

Normas que cita

  • Acordada 4.013 (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 3.975 (Provincia De Buenos Aires)
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 78, 79, 81, 84

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