KUMAR, PARSHANT s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Un ciudadano extranjero nacido en la India solicitó la carta de ciudadanía argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal 2 hizo lugar a la petición tras verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios para la naturalización.
Actor (peticionante): Parshant Kumar, nacido en Kaithal, Haryana, India, el 26 de junio de 2004, hijo de Ramesh Kumar y Kavita Devi.
¿A quién se demanda?
No corresponde; se trata de un procedimiento de solicitud de carta de ciudadanía, con intervención del Ministerio Público Fiscal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obtención de la carta de ciudadanía argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se declaró ciudadano argentino al peticionante, condicionando la entrega del título a que preste juramento de fidelidad a la República, su Constitución y sus leyes. Se le impuso la obligación de enrolarse dentro de los doce meses, bajo apercibimiento de la ley 24.755, y se le advirtió sobre la posible pérdida de su nacionalidad anterior por aplicación del principio de unicidad de nacionalidad. Se dispuso además que, si luego se conociera algún impedimento legal, procedería la cancelación de la ciudadanía prevista en el art. 15 del decreto 3213/84 por fraude u ocultamiento de datos. Se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar a la Cámara Nacional Electoral, al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescritas por la Constitución, la ley y su reglamento, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina. Por ello, teniendo presente lo manifestado por el Ministerio Fiscal y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por el peticionante: RESUELVO: [...]". No se consigna en el documento un desarrollo argumental adicional ni votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 24.755Amnistias
- Decreto 3213art. 15
- Ley 25.871art. 110 · Migraciones
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