JurisprudenciaARG
Primera Instancia

ROJAS, LEONARDO DARIO c/ GONZALEZ, IVAN ARIEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor Leonardo Darío Rojas demandó a Iván Ariel González por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 23 de julio de 2023, por $17.743.650. El Juzgado Civil N° 80 rechazó la demanda por considerar que no se acreditó la ocurrencia del hecho, con imposición de costas al actor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL 80 - SECRETARIA Nº 110
Fuero
NACIONAL EN LO CIVIL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 093844/2023
Danos y perjuicios Accidente de transito Carga de la prueba Articulo 377 cpccn Prueba testimonial desistida Pericia mecanica Intimacion art. 388 cpccn Citacion en garantia Rechazo de demanda Costas.

¿Quién es el actor?

Leonardo Darío Rojas.

¿A quién se demanda?

Iván Ariel González; citada en garantía: Rio Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de una colisión por alcance entre el automóvil del actor (Toyota Etios) y el rodado del demandado (Corven Triax 150 R2), ocurrida el 23 de julio de 2023 en Avenida Libertador San Martín y D. Garasa, reclamándose $17.743.650, sujeto a lo que resulte de la prueba.

¿Qué se resolvió?

el tribunal rechazó la demanda en todas sus partes, hizo extensivo el rechazo a la aseguradora citada en garantía e impuso las costas a la parte actora. Asimismo, reguló honorarios a los profesionales intervinientes y a la mediadora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Establecido lo anterior, anticipo que los escasos elementos probatorios aportados a la causa no me permiten tener por probada la ocurrencia del hecho." "En efecto, si bien inicialmente la parte actora había ofrecido dos testigos de carácter presencial, luego desistió de la prueba testimonial pese a que había sido proveída y se había fijado fecha a los fines de que aquellos testigos declaren acerca de la ocurrencia de los hechos." "Lo cierto es que solo se cuenta con el dictamen presentado por el perito mecánico que, a mi modo de ver, resulta insuficiente para acreditar la realidad del accidente o bien la participación del rodado de la parte demandada." El perito indicó expresamente: "no existe información alguna respecto al lugar exacto del contacto, no se indica la ubicación de los rodados posterior a la colisión… pero a pesar de ello realizaré seguidamente una descripción de la probable mecánica del hecho, teniendo en cuenta que solo es indicativa." "Tampoco es idónea para acreditar el hecho la constancia de atención médica por cervicalgia… realizada con posterioridad a la fecha denunciada como del accidente, sin ninguna referencia adicional que lo relacione con el relato del escrito de demanda." Respecto de la aseguradora, que no respondió la intimación del art. 388 CPCCN: "esa circunstancia por sí sola es insuficiente para tener por acreditado el hecho, pues es la propia norma la que indica que la presunción en contra de quién se niega a presentar el documento se constituye 'cuando por otros elementos de juicio resulta manifiestamente verosímil su existencia y contenido', lo que en el caso no ocurre." Se citó en apoyo CNCiv., Sala I, "Jimeno, Jorge Leandro c. Gutiérrez Trujillo, Jaime Orlando y otro", expte. 72417/2017 (7/6/2023). Concluyó: "el demandante no logró demostrar la ocurrencia del hecho invocado como fundamento del presente reclamo resarcitorio y se impone, en consecuencia, el rechazo de la demanda en todas sus partes."

Normas que cita

  • Ley 17.428art. 118
  • CPCCNarts. 377, 388, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCyCNarts. 10, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 24, 26, 29, 51, 52, 54, 58, 61, 152, 153, 730 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423arts. 10, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 24, 26, 29, 51, 52, 54, 58, 61 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 10.996 (Provincia De Buenos Aires)art. 11
  • Decreto 1467/11arts. Anexo III, 1 inc. C
  • Decreto 2536/15
  • Acordada 10/2025

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.