BRANDEBURGO EMILIO ANTONIO Y FABREGA PALMIRA S/ SUCESION AB INTESTATO
Se declaran herederos universales de Palmira Fabrega a sus hijos Alberto Brandeburgo y Ana Rosa Brandeburgo en el marco de un proceso sucesorio ab intestato. El tribunal aplica el Código Civil vigente al momento del fallecimiento de la causante, ocurrido en 1998.
¿Quién es el actor?
Ana Rosa Brandeburgo y Alberto Brandeburgo, hijos de la causante, por intermedio de la Dra. Sofía Lorena Peña y Lillo.
¿A quién se demanda?
No hay demandado; se trata de un proceso sucesorio sin contraparte.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaratoria de herederos de Palmira Fabrega, fallecida el 27/8/1998.
¿Qué se resolvió?
Se declara que, por fallecimiento de Palmira Fabrega, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Alberto Brandeburgo y Ana Rosa Brandeburgo, sin perjuicio de terceros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a lo dispuesto por el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación (sancionado por Ley 26994), toda vez que el derecho sucesorio del heredero 'ab intestato' se rige por la ley vigente al momento de la defunción de la Sra. PALMIRA FABREGA ha de dictarse la declaratoria de herederos conforme lo normado por el Código Civil de la Nación, atento la fecha de fallecimiento del causante de autos."
"1º) Que con el certificado acompañado el 13/7/2026 se acredita la defunción de PALMIRA FABREGA, ocurrida el 27/8/1998.- 2º) Que esta había contraído matrimonio con EMILIO ANTONIO BRANDEBURGO el día 22/4/1933 quien falleciera el 29/1/1979 conforme certificados acompañados el 13/7/2026.- 3º) Que de esa unión nacieron: ALBERTO BRANDEBURGO el 30/01/1934 y ANA ROSA BRANDEBURGO el 01/12/1936 conforme certificados acompañados el 13/7/2026."
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, y 3565 Código Civil y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de PALMIRA FABREGA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: ALBERTO BRANDEBURGO y ANA ROSA BRANDEBURGO."
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Normas que cita
- CCyCNart. 7 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CCarts. 3410, 3565 · Codigo civil
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 735, 737
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 10.205 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 25
- Ley 8.480 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4013 (Provincia De Buenos Aires)
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