FERNANDEZ, MARIA LAURA c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, reguló los honorarios del letrado patrocinante de la parte actora en un proceso de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. El tribunal confirmó los emolumentos fijados en primera instancia y reguló los correspondientes a la etapa de alzada en $47.695,95, equivalentes a 0,45 UMA.
¿Quién es el actor?
María Laura Fernández.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Policía Federal Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad (causa previsional/laboral de personal de fuerzas de seguridad).
¿Qué se resolvió?
Se confirmaron los emolumentos del Dr. Lucas Ezequiel Camba por su actuación en primera instancia, en la medida en que sólo fueron apelados por elevados, y se regularon sus honorarios por la labor en alzada en la suma de $47.695,95 (0,45 UMA), sin incluir el IVA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en la etapa de este proceso ante primera instancia, corresponde CONFIRMAR –en la medida que sólo fueron apelados por elevados– los emolumentos correspondientes al Dr. Lucas Ezequiel Camba". Asimismo: "de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 y ccdtes. de la ley 27.423, la importancia del asunto discutido y la tarea desempeñada ante esta alzada, corresponde REGULAR en la suma de $47.695,95 –equivalente a la cantidad de 0,45 UMA– los emolumentos del mencionado letrado". Se deja constancia de que la regulación deberá cancelarse conforme al art. 51 de la ley 27.423 y que no incluye el IVA.
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Normas que cita
- Ley 27.423arts. 16, 19, 20, 21, 29, 30, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Resolución 2372/26
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