JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ZAINA, JOSE EMILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El señor Zaina promovió demanda contra la ANSES para que cese el descuento del tope del art. 9 de la ley 24.463 sobre su haber jubilatorio, por tratarse de un beneficio de régimen especial. La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas a la demandada vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 008465/2025/CA001
Regimen especial Tope art. 9 ley 24.463 Descuento previsional Suplemento investigador cientifico Decreto 160/05 Haber jubilatorio Devolucion de sumas Intereses a tasa pasiva Costas Inconstitucionalidad dnu 157/2018.

¿Quién es el actor?

José Emilio Zaina.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber jubilatorio y cese del descuento del tope del art. 9 de la ley 24.463 sobre el beneficio, que integra los conceptos PBU, PC, PAP y Suplemento Investigador Científico Mensual, con fecha de adquisición 30/11/2023 y fecha inicial de pago 01/04/2024.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda, dispuso el cese del descuento y ordenó la devolución de las sumas retenidas con más intereses a tasa pasiva. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida. El planteo sobre el haber inicial redeterminado fue diferido a la etapa de liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"[E]n modo alguno puede sostenerse que un beneficiario que percibe el suplemento 'Investigador Científico' cobra un beneficio de ley común. Deviene incuestionable que la parte actora está cobrando un beneficio de ley especial aplicado conforme el decreto 160/05."

"El beneficio de autos se encuentra regulado por un régimen especial que no establece un haber máximo, por lo que el tope mencionado no resulta aplicable, debiendo en consecuencia rechazarse el planteo."

"[C]orresponde confirmar la orden dispuesta por la jueza de grado respecto a la devolución de las sumas retenidas en virtud del art. 9 de la ley 24.463 con más sus intereses a tasa pasiva."

Sobre costas, se remitió a lo decidido por la CSJN en "Morales, Blanca Azucena c/ Anses" (22/6/2023) y al precedente de esta Cámara "Lloret" (FBB 5633/2021/CA1), por razones de brevedad y economía procesal.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 160
  • DNU 157art. 3
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 23.482art. 3 · Justicia nacional

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.