ARCA c/ ARDITTI GUSTAVO HORACIO s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La actora Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) promovió ejecución fiscal contra Gustavo Horacio Arditti por un capital de $21.597.820,94. Ante la falta de oposición de excepciones del ejecutado, el Juzgado dispuso llevar adelante la ejecución, ordenó el remate y condenó al pago del capital, intereses, gastos y costas.
¿Quién es el actor?
Fisco Nacional - AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero - ARCA).
¿A quién se demanda?
Gustavo Horacio Arditti.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de un capital de $21.597.820,94, más intereses, gastos y costas, en el marco de la ley 11.683.
¿Qué se resolvió?
el ejecutado no opuso excepción legítima dentro del término acordado, por lo que se le dio por perdido el derecho a hacerlo. En consecuencia, se sentenció la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga íntegro pago del capital reclamado, sus intereses, gastos y costas. Se dispuso que la regulación de honorarios se rija por la ley 11.683, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP, y se hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL - AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero - ARCA) se haga del demandado -ARDITTI GUSTAVO HORACIO-, íntegro pago del capital reclamado de $ 21597820.94, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)."
"En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP."
"Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN."
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Normas que cita
- Ley 11.683art. 92 · Procedimiento fiscal
- CPCCNarts. 41, 68, 542, 551, 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Decreto 65
- Resolución 85
- Resolución 651
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