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Cámara de Apelaciones

Recurso Queja Nº 847 - IMPUTADO: BINER S.A. s/INFRACCION LEY 22.415

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la queja interpuesta por la defensa particular de Biner SA contra la denegatoria de un recurso de casación dirigido contra el procesamiento de la persona jurídica y el embargo de sus bienes. El tribunal sostuvo que la resolución impugnada no constituye sentencia definitiva ni equiparable, ni alguno de los autos previstos en el artículo 457 del CPPN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CPE 000529/2016/847/RH159
Queja Recurso de casacion denegado Sentencia definitiva Auto del articulo 457 cppn Procesamiento Embargo preventivo Persona juridica Codigo aduanero Cuestion federal Arbitrariedad.

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (la causa se identifica como "BINER S.A. s/recurso de queja"; el Ministerio Público no surge del texto analizado).

¿A quién se demanda?

Biner SA, persona jurídica indagada y procesada.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

procesamiento de Biner SA como coautora prima facie del hecho calificado en los artículos 863, 864 inciso b, 865 incisos a y f y 871 del Código Aduanero, y embargo sobre sus bienes hasta cubrir $44.046.520 en garantía de eventuales obligaciones pecuniarias (art. 518 CPPN).

¿Qué se resolvió?

la Sala I rechazó la queja, con costas, y tuvo presente la reserva del caso federal. La resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, Sala "A", que confirmó el procesamiento y el embargo, quedó firme en esta instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión contra la cual se dedujo la impugnación cuya denegatoria dio lugar a la presente queja no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella por sus efectos, y tampoco se trata de alguno de los autos contenidos en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN)."

"[...] por regla, no constituyen pronunciamientos definitivos, ni equiparables a tales, los autos cuya consecuencia sea la obligación del imputado de continuar sometido a proceso criminal (cfr. causa Z. 155. XXXVI. del 04/07/2003, Fallos: 326:2248) ni aquellos que decretan, levantan o modifican medidas cautelares (Fallos: 313:116)."

"[...] han recaído pronunciamientos concordantes del juez instructor y de la cámara respectiva, sin que se observe –ni la parte recurrente logre demostrar- la existencia de cuestión federal o verificación de un supuesto de arbitrariedad en el pronunciamiento criticado que amerite la intervención de esta Cámara como tribunal intermedio, tal como lo estableciera el alto Tribunal in re 'Di Nunzio' (Fallos: 328:1108)."

Los jueces Barroetaveña y Slokar adhirieron en lo sustancial al voto del juez Petrone, por lo que la solución fue unánime.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Z. 155. XXXVI.CSJN · 04/07/2003 · Fallos 326:2248
  • Fallos 313:116CSJN
  • Di NunzioCSJN · Fallos 328:1108
  • Cetra, Luis María s/ rec. de quejaCFCP Sala II · 12/04/2012
  • Bustelo, Osvaldo y otra s/ rec. quejaCFCP Sala II · 11/05/2012

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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