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Corte Suprema

LOMBARDI,FRANCISCO JOSE Y OTRO c/ BUENOS AIRES,PROVINCIA DE s/INCONSTITUCIONALIDAD

Francisco José Lombardi y otro promovieron acción originaria de inconstitucionalidad contra la Provincia de Buenos Aires. La Corte Suprema declaró inoficioso el pronunciamiento de inconstitucionalidad solicitado, por remisión a los fundamentos de la causa Segura Olivera, e impuso las costas a la provincia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 242. XXIV. ORI
Accion originaria de inconstitucionalidad Competencia originaria Corte suprema Provincia de buenos aires Inoficioso Costas Honorarios Ley 21.839 Remision a precedente Segura olivera

¿Quién es el actor?

Francisco José Lombardi y otro.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

inconstitucionalidad de normas provinciales, según el planteo originario que se tramita ante la Corte Suprema.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró inoficioso el pronunciamiento de inconstitucionalidad solicitado, impuso las costas a la Provincia de Buenos Aires (artículo 68 del CPCCN) y reguló honorarios a los doctores David Andrés Halperín y Oscar Alvarado Uriburu (h), en conjunto, en la suma de $1.400, de conformidad con la ley 21.839.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la presente causa es de la competencia originaria de la Corte Suprema (artículos 100 y 101 de la Constitución Nacional)."

"Que son aplicables al caso en examen las conclusiones y fundamentos expuestos en la causa S.220.XXIII 'Segura Olivera, Domingo José c/ Buenos Aires, Provincia de s/ inconstitucionalidad', pronunciamiento del 22 de diciembre de 1993, a los que corresponde remitir en razón de brevedad."

La decisión se apoya en la remisión a los fundamentos de "Segura Olivera", sin desarrollo argumental propio en esta sentencia. No hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 100, 101
  • Ley 21.839arts. 6, 9, 37, 38 · Aranceles y honorarios de abogados
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Segura Olivera, Domingo José c/ Buenos Aires, Provincia de s/ inconstitucionalidadCSJN · 22/12/1993

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