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Corte Suprema

COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS MINERVA SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/ORDINARIO

La Corte Suprema confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia del recurso y reconoció la actualización monetaria de la tasa de justicia repetida por la aseguradora. Dos ministros (Belluscio y Boggiano) votaron en disidencia y propusieron dejar sin efecto la sentencia apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1044. XXII. REX
Tasa de justicia Repeticion de pago indebido Desvalorizacion monetaria Actualizacion monetaria Mora del fisco Propiedad (art. 17 cn) Recurso extraordinario Arbitrariedad D.g.i. Ley 11.683

¿Quién es el actor?

Compañía Argentina de Seguros Minerva S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (D.G.I.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de la tasa de justicia abonada en exceso en la causa laboral n° 26.933, y su desvalorización monetaria desde el reclamo administrativo.

¿Qué se resolvió?

La mayoría de la Corte confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia del recurso, con costas. Los ministros Belluscio y Boggiano, en disidencia, propusieron declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal remite, por brevedad, a sus precedentes de Fallos: 305:2182 y 306:1963, por tratarse de agravios sustancialmente análogos.

¿Cómo votaron los jueces?

"...la decisión del a quo conduce a la restitución de una suma insignificante con relación a los bienes que el demandado ha podido usufructuar desde el año 1982 y determina la relación directa entre lo resuelto y la lesión a la garantía invocada (art. 17 de la Constitución Nacional)."

¿Cómo votaron los jueces?

"...no es la mora la circunstancia que habilita y condiciona el reconocimiento del ajuste, sino la variación del valor de la moneda que se da con independencia de aquélla (Fallos: 307:1264, considerando 4°)."

¿Cómo votaron los jueces?

"Basta con fundar la solución directamente en los principios esenciales contenidos en la Constitución Nacional, que esta Corte tiene la elevada función de resguardar."

Normas que cita

  • Ley 11.683arts. 129, 115 · Procedimiento fiscal
  • Ley 23.314art. 115 · Procedimientos fiscales
  • Ley 23.905art. 129 · Impuestos impositivos
  • Ley 21.859art. 18 · Tasas judiciales
  • Constitución Nacionalart. 17
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Compañía Argentina de Seguros Minerva S.A. c/ D.G.I.CSJN · 01/03/1994 · Fallos 305:2182
  • Compañía Argentina de Seguros Minerva S.A. c/ D.G.I.CSJN · 01/03/1994 · Fallos 306:1963
  • Fallos 307:1264CSJN
  • Fallos 310:750CSJN

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