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Corte Suprema

ZABALLA RAUL c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires contra la denegación de un recurso extraordinario, por resultar aquel inadmisible en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, la condenó a satisfacer el depósito correspondiente, con pago diferido conforme a la acordada N° 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 2. XXVI. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Deposito Acordada 47/91 Queja Municipalidad de la ciudad de buenos aires Responsabilidad estatal Procedimiento federal.

¿Quién es el actor?

Raúl Zaballa.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no lo identifica, al tratarse de una queja vinculada a un recurso extraordinario denegado).

¿Qué se resolvió?

Se desestima la queja presentada por la demandada. Se la condena a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada N° 47/91 (fs. 50 vta.). Notifíquese y, oportunamente, archívese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

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