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Corte Suprema

PETROQUIMICA COMODORO RIVADAVIA S.A. c/ MENDOZA, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Petroquímica Comodoro Rivadavia S.A. promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Provincia de Mendoza por los decretos 2113/02 y 267/03, que gravan con impuesto de sellos ofertas no aceptadas. La Corte declaró su competencia originaria, ordenó correr traslado a la provincia y rechazó la medida cautelar solicitada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 503. XXXIX. ORI
Accion declarativa de inconstitucionalidad Competencia originaria Impuesto de sellos Codigo fiscal Simples ofertas Prohibicion de innovar Medida cautelar Provincia de mendoza Petroquimica comodoro rivadavia Competencia federal.

¿Quién es el actor?

Petroquímica Comodoro Rivadavia S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Mendoza.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declarar la inconstitucionalidad de los decretos del Poder Ejecutivo provincial 2113/02 (reglamentario del art. 19 del Código Fiscal) y 267/03, en cuanto gravan con impuesto de sellos "simples ofertas" de compra de productos que no configuran acuerdos instrumentados por no haber sido aceptadas. Se pidió además una prohibición de innovar para que la provincia suspenda la aplicación de los decretos y se abstenga de exigir el impuesto, intereses o sanciones.

¿Qué se resolvió?

declarar la competencia originaria de la Corte; correr traslado de la demanda por sesenta días a la Provincia de Mendoza; no hacer lugar a la medida cautelar pedida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte ha tenido oportunidad de examinar situaciones semejantes a las aquí debatidas y ha decidido rechazar medidas cautelares como la pedida (Fallos: 322:2275; G.515.XXXV. 'Gas Natural Ban S.A. y otro c/ Neuquén, Provincia del s/ acción declarativa', sentencia del 2 de diciembre de 1999)."

"En efecto, el monto del reclamo fiscal que surge de la documentación acompañada por la actora de la Dirección General de Rentas provincial (fs. 49/52 y 57), no justifica la adopción del criterio de excepción seguido en otros casos (Fallos: 288:287; 314:1312 y 324:3045, entre otros)."

Sobre la competencia: "la presente demanda corresponde a la competencia originaria de esta Corte, por lo que en razón de brevedad cabe remitirse a los fundamentos expuestos por el señor Procurador General en el dictamen que antecede."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Gas Natural Ban S.A. y otro c/ Neuquén, Provincia del s/ acción declarativaCSJN · 02/12/1999 · Fallos 322:2275
  • Fallos 288:287CSJN
  • Fallos 314:1312CSJN
  • Fallos 324:3045CSJN

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