JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PARQUE AUTOMOTORES SA c/ FISCO NACIONAL - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/NULIDAD DE RESOLUCION

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la demandada y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Paraná que había mantenido la imposición de costas a la demandada sin fundamentar el apartamiento del principio general del art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. La Corte aclaró que el pronunciamiento carecía de fundamentos sobre las costas, por lo que lo declaró arbitrario, y ordenó dictar un nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 19. XXV. RHE
Costas Principio objetivo de la derrota Art. 68 cpccn Arbitrariedad Recurso extraordinario Queja Ahorro obligatorio Ley 23.256 Actualizacion e intereses Direccion general impositiva

¿Quién es el actor?

Parque Automotores S.A.

¿A quién se demanda?

Fisco Nacional - Dirección General Impositiva (DGI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de la determinación de actualización e intereses por el ingreso tardío del ahorro obligatorio instituido por la ley 23.256, y declaración de inconstitucionalidad de dicha ley.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de fs. 117/120 en lo que fue materia del recurso (imposición de costas), con costas, y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"si bien lo atinente a la imposición de costas, dado su carácter procesal, es una cuestión ajena al recurso extraordinario, este principio general debe ceder, excepcionalmente, cuando la resolución que se trae a conocimiento de la Corte carece del debido fundamento legal que permita considerarla derivación razonada del derecho vigente con sujeción a las circunstancias comprobadas de la causa".

"el apartamiento sin dar razones que los justifiquen, del principio general que en materia de costas consagra el art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, torna descalificable el pronunciamiento con sustento en la doctrina de la arbitrariedad".

Se señala que la cámara "mantuvo la imposición de costas que pesaba sobre la recurrente; prescindiendo de valorar que la nulidad de la resolución administrativa que disponía el ingreso de intereses y actualización se exhibía como corolario de la decretada inconstitucionalidad".

¿Cómo votaron los jueces?

"el recurso extraordinario, cuya denegación origina el presente recurso de hecho, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)", por lo que votaron por desestimar la queja.

Normas que cita

  • Ley 23.256arts. 18, 19
  • CPCCNarts. 68, 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Carlos Ignacio Caminal S.C.A. c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ nulidad de resoluciónCSJN · 14/10/1992
  • Fallos 296:500CSJN
  • Fallos 300:584CSJN
  • Fallos 302:572CSJN
  • Fallos 306:1213CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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