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Corte Suprema

CALO BALBOA BELEN EDMUNDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia de reajuste previsional, con el alcance fijado en Perletto (Fallos 325:98), en cuanto al plazo y modalidades de cumplimiento. Impuso las costas por su orden y rechazó el agravio sobre costas por tardío.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 989. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Cumplimiento de sentencia Plazo de cumplimiento Costas Anses Recurso ordinario Perletto Torres brizuela Seguridad social Art. 21 ley 24.463

¿Quién es el actor?

Belén Edmundo Caló Balboa.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional; cuestiones vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario deducido y confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos de "Perletto". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en la presente causa, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: "El agravio referente a la imposición de las costas no puede prosperar, ya que resulta ser el fruto de una reflexión tardía respecto de las fijadas en el pronunciamiento de primera instancia - que han quedado firmes - en tanto que la sentencia de la alzada no contiene decisión sobre el punto."

Considerando 3°: "Los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

No hay votos en disidencia: el fallo es unánime.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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