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Corte Suprema

FISCO NACIONAL - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA c/ COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA s/EJECUCION FISCAL

La Corte Suprema declaró admisible la queja y procedente el recurso extraordinario interpuesto por la demandada, revocó el pronunciamiento apelado y rechazó la ejecución fiscal intentada por el Fisco Nacional contra la Comisión Nacional de Energía Atómica, por remisión a lo resuelto en la causa F.442.XXV. La actora había dictado una resolución que tuvo por excluida a la recurrente del pago de impuestos nacionales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 170. XXVI. RHE
Ejecucion fiscal Impuestos nacionales Exclusion del pago Comision nacional de energia atomica Recurso extraordinario Recurso de hecho Ley 48 Art. 16 ley 48 Direccion general impositiva Fisco nacional

¿Quién es el actor?

Fisco Nacional - Dirección General Impositiva.

¿A quién se demanda?

Comisión Nacional de Energía Atómica.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal (cobro de impuestos nacionales).

¿Qué se resolvió?

Se revocó el pronunciamiento apelado y se rechazó la ejecución intentada. Sin costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite a los fundamentos de la causa F.442.XXV "Fisco Nacional (D.G.I.) c/ Comisión Nacional de Energía Atómica s/ ejecución fiscal" (sentencia del 16 de diciembre de 1993), por existir sustancial analogía entre las cuestiones planteadas, "máxime teniendo en consideración que en el sub lite la actora dictó la resolución obrante a fs. 74/76 de las actuaciones principales y, por ende, tuvo por excluida a la recurrente del pago de impuestos nacionales". Se invoca el art. 16, segunda parte, de la ley 48.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

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