TOREAUME MIGUEL OMAR Y OTROS c/ s/HURTO DE GANADO MAYOR Y ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMAS -CAUSA N° 8985-
La Corte Suprema declaró operada la perención de la instancia en una queja por recurso de hecho, por no haber el recurrente cumplido con el depósito previsto en el art. 286 del CPCCN dentro del plazo fijado. La decisión fue adoptada por unanimidad de los seis ministros que integraban el tribunal.
Actor (recurrente): Miguel Omar Toreaume, representado por el doctor (nombre no consignado en el texto).
¿A quién se demanda?
Causa penal seguida contra Miguel Omar Toreaume y otros por hurto de ganado mayor y robo agravado por el uso de armas (causa n° 8985C).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho interpuesto contra la resolución de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay, Sala Penal, de la Provincia de Entre Ríos, que había denegado el recurso extraordinario.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la perención de la instancia en la presente queja, por aplicación del art. 310, inc. 2°, del CPCCN, al haber transcurrido el plazo sin que el recurrente cumpliera con lo dispuesto a fs. 42. Se intimó a la parte recurrente a efectuar, dentro del quinto día, el depósito del art. 286 del CPCCN en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de la Corte, bajo apercibimiento de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte invocó como precedentes sobre la aplicación del plazo de perención a la queja por recurso de hecho los fallos Fallos: 317:1642 y 321:1689, y las causas P.572.XXXIII "Pérez Figueroa, Eduardo y Weisgerber, Roberto s/ presunta infracción art. 174, inc. 5° C.P." (causa n° 6447C), considerando 3°, y D.479.XXXV "Daponte, Jorge Luis s/ falsedad ideológica - incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificación" (causa n° 32.139C), resueltas el 2 de abril de 1998 y el 27 de febrero de 2001, respectivamente. El fundamento central es el incumplimiento de la carga procesal impuesta a fs. 42 por el recurrente, lo que habilita la declaración de perención. No se consignan otros considerandos en el texto analizado.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 310, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Pérez Figueroa, Eduardo y Weisgerber, RobertoCSJN · 02/04/1998 · Fallos 317:1642
- Pérez Figueroa, Eduardo y Weisgerber, RobertoCSJN · 02/04/1998 · Fallos 321:1689
- Daponte, Jorge LuisCSJN · 27/02/2001
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