FERNANDEZ DE BALBIANO ESTHER c/ COSTA BRAVA SRL Y OTRO s/INCIDENTE DE APELACIN ART. 250 CPC
El Estado Nacional (Ministerio de Economía) dedujo recurso extraordinario y queja contra una medida cautelar dictada en su contra en el marco de la causa Fernández de Balbiano, Esther c/ Costa Brava S.R.L. La Corte Suprema declaró procedente la queja y el recurso extraordinario y dejó sin efecto la medida cautelar apelada, sólo respecto de la recurrente, remitiendo a los fundamentos del dictamen del Procurador General.
¿Quién es el actor?
Esther Fernández de Balbiano.
¿A quién se demanda?
Costa Brava S.R.L. Interviene como recurrente el Estado Nacional - Ministerio de Economía, que cuestiona la medida cautelar.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medida cautelar dictada en el proceso; el sentenciado no reproduce en el texto el reclamo de fondo.
¿Qué se resolvió?
Se declara procedente la queja y el recurso extraordinario, y se deja sin efecto la medida cautelar apelada, sólo respecto de la recurrente. Con costas. Se exime al recurrente del depósito previsto en el art. 286 del CPCCN, diferido conforme a la acordada 47/91.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal expresa únicamente: "Que este Tribunal comparte las consideraciones expuestas por el señor Procurador General de la Nación en el dictamen de fs. 44/45, a las que cabe remitir por razones de brevedad." No se transcriben en el fallo otros fundamentos propios; la decisión se sustenta en la remisión al dictamen fiscal, cuyo contenido no obra en el texto analizado.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 47/91
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.