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Corte Suprema

RAVAIOLI LUIS OSVALDO c/ RODRIGUEZ NORBERTO Y OTROS s/DESPIDO

Los codemandados recurrieron en queja tras la confirmación de una condena laboral por despido y créditos salariales. La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario por considerar que la fijación del monto de las remuneraciones carecía de fundamentos, por lo que dejó sin efecto la sentencia y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 371. XXIII. RHE
Arbitrariedad de sentencia Fundamentacion de sentencia Monto de condena Despido incausado Creditos salariales Arts. 55 y 56 lct Presuncion a favor del trabajador Responsabilidad del adquirente (art. 228 lct) Recurso extraordinario Cuestion federal.

¿Quién es el actor?

Luis Osvaldo Ravaioli.

¿A quién se demanda?

Norberto Rodríguez y otros; los recurrentes son Jorge Beratis y Rubén Monni, codemandados en su condición de adquirentes del establecimiento.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones derivadas del despido incausado y créditos salariales.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia y ordenó el reenvío para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Las costas se impusieron conforme al art. 68 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los agravios sobre el fondo de la cuestión (responsabilidad del art. 228 LCT y prueba testifical) fueron desestimados, pues la sentencia "configura, cualquiera que sea el grado de su acierto o error, un pronunciamiento fundado en razones irrevisables por la vía del art. 14 de la ley 48".

En cambio, los agravios relativos a la cuantía de los créditos sí suscitan cuestión federal: "lo decidido no condice con las constancias de la causa, y el ejercicio de la facultad de fijar el monto de las remuneraciones que la ley atribuye a los jueces no cumple con el requisito de fundamentación a que se halla sujeta".

Respecto del monto, el tribunal "prescindió del informe de fs. 379/409, que evidencia la desproporción del monto invocado con el salario básico del convenio colectivo para la misma categoría".

Sobre los arts. 55 y 56 LCT: "Dicha falta de fundamentos no puede ser suplida mediante la invocación de los arts. 55 y 56 de la Ley de Contrato de Trabajo, dado que aun cuando tales normas crean una presunción a favor de las afirmaciones del trabajador... esto debe hacerse 'por decisorio fundado' y 'siempre que su existencia esté legalmente comprobada'".

Conclusión: "la sentencia impugnada se basa en fundamentos sólo aparentes, por lo que corresponde su descalificación como acto jurisdiccional válido".

Normas que cita

  • Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • Ibáñez, Luis Alberto c/ Seven Up Concesiones S.A.I.C. y otraCSJN · 31/07/1986
  • Cerratto, Víctor Rubén c/ Seven Up Concesiones S.A.I.C. y otraCSJN · 05/08/1986
  • Mosher, José Omar c/ Seven Up Concesiones S.A.I.C. y otroCSJN · 19/04/1988
  • Sarverry, Manuel Pedro c/ Seven Up Concesiones S.A.I.C. y otraCSJN · 14/02/1989 · Fallos 312:184
  • Fallos 254:224CSJN
  • Fallos 281:230CSJN
  • Fallos 284:119CSJN
  • Fallos 303:1140CSJN
  • Fallos 305:1084CSJN
  • Fallos 308:1078CSJN

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