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Corte Suprema

MOLLO ITALO SANTIAGO c/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/DEMANDA CONTENCIOSOADMINISTRATIVA

El actor promovió demanda contencioso-administrativa contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires para revisar un acto administrativo previsional. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia que había rechazado la demanda por extemporaneidad, por considerar que ese rechazo constituía un injustificado rigor formal que lesionaba la garantía de defensa en juicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 737. XXV. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Rigor formal Defensa en juicio Acto administrativo Extemporaneidad Caja previsional Jubilaciones Contencioso-administrativo Preclusion

¿Quién es el actor?

Italo Santiago Mollo.

¿A quién se demanda?

Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revisión de un acto administrativo de la caja que, según la Suprema Corte bonaerense, estaba firme por falta de impugnación oportuna.

¿Qué se resolvió?

se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada y se devuelven los autos al tribunal de origen para que continúe la tramitación de la causa. No se emite pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Aun cuando los temas planteados remiten al examen de cuestiones de derecho público local que son, como regla y por su naturaleza, ajenas al remedio federal intentado, ello no es óbice para habilitar la instancia del art. 14 de la ley 48 cuando la decisión apelada ha incurrido en un injustificado rigor formal que lesiona la garantía constitucional de defensa en juicio (Fallos: 311:2082 y 312:1168)."

"...al declarar el a quo -sin fundamento normativo- extemporáneo el planteo propuesto en la demanda, por considerar que el acto impugnado era la reproducción de una resolución del alcance general dictada con anterioridad por la caja, ha incurrido en un exceso ritual, incompatible con el derecho de defensa."

"...si se tiene en cuenta que el ente administrador admitió el recurso, trató la cuestión de fondo respectiva e incluso planteó subsidiariamente la prescripción liberatoria..., no puede el Tribunal resolver sobre una etapa ya precluida, pues no existe agravio propuesto que se vincule con la admisibilidad de la actuación administrativa."

"...las impugnaciones de la apelante ponen de manifiesto la relación directa e inmediata entre lo decidido y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Rodríguez, Luis Napoleón c/ Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos AiresCSJN · 03/09/1991
  • Fallos 311:2082CSJN
  • Fallos 312:1168CSJN

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