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Corte Suprema

PEREYRA TERESA BEATRIZ c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por resultar inadmisible el recurso extraordinario denegado. Asimismo, condenó a la demandada a hacer efectivo el depósito cuyo pago estaba diferido conforme la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 73. XXVIII. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Deposito diferido Acordada 47/91 Municipalidad de la ciudad de buenos aires Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Teresa Beatriz Pereyra.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no describe el reclamo de fondo; solo se individualiza la causa como "Pereyra, Teresa Beatriz c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires").

¿Qué se resolvió?

Se desestima la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN). Se condena a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a hacer efectivo el depósito, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la acordada 47/91 (confr. fs. 39).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

"Por ello, se desestima la queja. Se condena a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, a hacer efectivo el depósito, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada 47/91 (confr. fs. 39)."

No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

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