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Corte Suprema

AGUILAR EDUARDO c/ NUCLEAR MENDOZA S.E. Y OTRO s/SUMARIO S/ INCIDENTE Y CASACION

El Fiscal de Estado de la Provincia de Mendoza dedujo recurso de hecho contra la denegación de un recurso extraordinario en la causa iniciada por Eduardo Aguilar contra Nuclear Mendoza S.E. La Corte Suprema desestimó la queja por no dirigirse el recurso contra una sentencia definitiva o equiparable a tal, y condenó a la Provincia al depósito, con pago diferido según la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 623. XXVIII. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario Sentencia definitiva Art. 14 ley 48 Deposito Acordada 47/91 Fiscal de estado Provincia de mendoza Nuclear mendoza s.e.

¿Quién es el actor?

Eduardo Aguilar.

¿A quién se demanda?

Nuclear Mendoza S.E.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el documento no contiene los antecedentes de la causa de fondo).

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la queja interpuesta por el Fiscal de Estado de Mendoza, por no dirigirse el recurso extraordinario contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Se condenó a la Provincia de Mendoza a satisfacer el depósito correspondiente, con pago diferido conforme a la acordada N° 47/91 (fs. 27).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)."

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Acordada 47/91

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