MUÑOZ CARLOS ALBERTO Y OTROS c/ JUNTA NACIONAL DE GRANOS s/APLICACION LEYES 21.418 Y 21.307
Un grupo de agentes reclamó diferencias salariales por la falta de aplicación de los decretos 439/82 y 3456/84 contra la Junta Nacional de Granos. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Bahía Blanca, que había declarado la inconstitucionalidad de la ley 21.418, y remitió a los fundamentos del precedente Vargas.
¿Quién es el actor?
Carlos Alberto Muñoz y otros.
¿A quién se demanda?
Junta Nacional de Granos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias de haberes.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas. Ordenó volver los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo. La mayoría remitió a los fundamentos de la causa "Vargas". Fayt y Belluscio, en disidencia parcial, revocaron la sentencia en cuanto fue motivo de agravios, con costas por su orden. Petracchi, en disidencia total, confirmó la sentencia en lo que fue materia de recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca revocó la sentencia de primera instancia y, tras declarar la inconstitucionalidad de la ley 21.418, hizo lugar parcialmente a la demanda por diferencias salariales derivadas de la falta de aplicación de los decretos 439/82 y 3456/84."
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa V.59.XXIII 'Vargas, José y otros c/ Junta Nacional de Granos s/ laboral', pronunciamiento del 10 de diciembre de 1991, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa de Fallos: 307:338, según el voto en disidencia de los jueces Carlos S. Fayt y Augusto César Belluscio, a cuyos fundamentos y conclusiones, cabe remitir en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa de Fallos: 307:338, voto de los jueces Genaro R. Carrió, José Severo Caballero y Enrique Santiago Petracchi, a cuyos fundamentos y conclusiones, cabe remitir en razón de brevedad."
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Normas que cita
- Decreto 439
- Decreto 3456
- Ley 21.418Derecho colectivo del trabajo
Fallos que cita
- Vargas, José y otros c/ Junta Nacional de Granos s/ laboralCSJN · 10/12/1991
- Fallos 307:338CSJN
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