FARIÑA DUARTE SANTIAGO Y OTROS s/RECURSO DE CASACION
La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios de los imputados y dejó sin efecto la condena por robo agravado en concurso ideal con atentado a la autoridad. Sostuvo que la sustracción del arma no había sido incluida en el requerimiento de elevación a juicio, por lo que la condena violó el principio de congruencia y el derecho de defensa.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (acusación).
¿A quién se demanda?
Santiago Fariña Duarte y Andrés Duarte (imputados, recurrentes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Imputación por atentado a la autoridad agravado en concurso ideal con robo en poblado y en banda (y, para Andrés Duarte, tentativa de homicidio y tenencia ilegal de arma de guerra).
¿Qué se resolvió?
Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejó sin efecto el pronunciamiento de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal. Los autos volvieron al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo conforme a derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la circunstancia 'apoderamiento del arma' integraba el acontecimiento histórico tal como posiblemente había sucedido, pero no tal como podía ser legítimamente juzgado por el tribunal. En efecto, la exclusión que el fiscal hace de dicha circunstancia se basó en un argumento normativo, y no fáctico: que no había estado incluida en el requerimiento. En tales condiciones, la defensa no se ve sorprendida por una diferente calificación jurídica del hecho... sino por la incorporación de una circunstancia agravante que el fiscal había excluido del objeto de la acusación por razones procesales."
"...la defensa se ve sorprendida por la violación al principio de congruencia."
"...la concurrencia de una acusación así definida, contenida en el requerimiento de elevación a juicio, es indispensable para garantizar el debido proceso legal. Por el contrario, los informes finales... sólo tienen por misión permitir a las partes una valoración del contenido del debate..."
¿Cómo votaron los jueces?
"...se ha verificado una clara distorsión de la garantía de defensa en juicio, en tanto la condena dictada en las condiciones descriptas ha irrespetado el principio acusatorio formal y la exigencia de que al juicio preceda una acusación clara y circunstanciada..."
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Normas que cita
- Código Penalarts. 54, 167, 238, 42, 79, 189 bis
- Constitución Nacionalart. 18
Fallos que cita
- MarcileseCSJN · Fallos 325:2005
- Mostaccio, Julio Gabriel s/ homicidio culposoCSJN · 17/02/2004 · Fallos 320:1891
- Fallos 320:1891CSJN
- Fallos 325:2019CSJN
- Fallos 290:293CSJN
- Fallos 298:308CSJN
- Fallos 306:467CSJN
- Fallos 312:540CSJN
- Vélez Mariconde, Derecho Procesal Penal
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