FELIX MANUEL ENRIQUE c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/COBRO DE AUSTRALES
Los beneficiarios de depósitos bancarios reclamaron al Banco Central de la República Argentina el pago de sumas afectadas por la normativa de emergencia financiera. La Corte Suprema dejó sin efecto las sentencias apeladas y fijó que, desde el 1 de abril de 1991, las sumas devengarán únicamente la tasa de interés del art. 6° de la ley 23.982.
¿Quién es el actor?
Manuel Enrique Félix y otros recurrentes en causas acumuladas (Goni Pereira, Mazzieri, Romeral, Oppedisano, Girotti, León).
¿A quién se demanda?
Banco Central de la República Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de sumas depositadas en entidades bancarias, en el marco de la normativa de emergencia financiera.
¿Qué se resolvió?
la mayoría de la Corte declaró procedentes las quejas y admisibles los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas en cuanto fueron materia de agravio y estableció que, a partir del 1 de abril de 1991, las sumas debidas devengarán únicamente la tasa de interés del art. 6° de la ley 23.982. Las costas se distribuyeron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remitió, en razón de brevedad, a los fundamentos de la causa "Bianchi, Graciela y otro c/ Banco Central de la República Argentina" (sentencia del 20 de diciembre de 1994), resuelta en igual sentido por analogía sustancial de las cuestiones debatidas. Se transcribe la fórmula dispositiva: "se establece que a partir del 1 de abril de 1991 las sumas debidas devengarán, únicamente, la tasa de interés contemplada en el art. 6° de la ley 23.982 (art. 16 de la ley 48)".
¿Cómo votaron los jueces?
el vicepresidente Moliné O'Connor votó en disidencia parcial, proponiendo dejar sin efecto las sentencias apeladas y devolver los autos al tribunal de origen para que dicte nuevos pronunciamientos conforme a lo expresado, sin fijar directamente el régimen de intereses. El ministro Petracchi votó en disidencia total, proponiendo desestimar los recursos de hecho. Estas posiciones quedaron en minoría y no constituyen la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 23.982art. 6 · Deuda publica
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Bianchi, Graciela y otro c/ Banco Central de la República ArgentinaCSJN · 20/12/1994
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