QUIROGA MIGUEL ALBERTO c/ ESTADO PROVINCIAL DE ENTRE RIOS s/ACCION DE AMPARO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja de Miguel Alberto Quiroga contra el Estado Provincial de Entre Ríos, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario federal y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. Cuatro ministros votaron en disidencia y habrían desestimado la queja por no dirigirse el recurso contra una sentencia definitiva.
¿Quién es el actor?
Miguel Alberto Quiroga.
¿A quién se demanda?
Estado Provincial de Entre Ríos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No surge del texto de la sentencia; la resolución se limita a la admisibilidad del recurso extraordinario federal.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente el recurso extraordinario federal y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte expresó que hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del Procurador General, que se dan por reproducidos. No se transcriben fundamentos adicionales en el texto.
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)." Por ello, desestimaron la queja. Esta postura quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
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