JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ALONSO JUANA MARIA AZUCENA Y OTRO c/ CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION DE RIO NEGRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Los actores, docentes de la Provincia de Río Negro, reclamaron el reconocimiento de derechos previsionales y salariales frente al Consejo Provincial de Educación. La Corte Suprema, por mayoría y remitiendo a su precedente Miglierini, declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 2166. XXXIX. REX
Recurso extraordinario Docentes rio negro Consejo provincial de educacion Remision a precedente Miglierini Costas en el orden causado Sentencia confirmada Derechos previsionales Analogia de causas Corte suprema

¿Quién es el actor?

Juana María Azucena Alonso y otro, junto con una extensa nómina de docentes de la Provincia de Río Negro, agrupados en múltiples expedientes acumulados.

¿A quién se demanda?

Consejo Provincial de Educación de Río Negro y, en varios casos, la Provincia de Río Negro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos de los actores vinculados a su situación previsional y de haberes, cuyo detalle no surge de la sentencia transcripta, que remite a otra causa.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, con costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal sostiene que las cuestiones traídas guardan "sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa M.2012.XXXVIII 'Miglierini, Hilda Aurora y otros c/ Provincia de Río Negro (I.P.R.O.S.S) s/ contencioso administrativo s/ inaplicabilidad de ley', pronunciamiento del 8 de junio del presente año, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad." Agrega que "los jueces Belluscio, Boggiano y Vázquez remiten a sus respectivos votos, y los jueces Fayt y Maqueda a su disidencia en la causa citada." Las costas se imponen en el orden causado "atento a que los actores pudieron creerse razonablemente con derecho a litigar".

Nota: los fundamentos de fondo no se transcriben en esta sentencia, por remisión al precedente. Los votos de Fayt y Maqueda son disidencia en el precedente citado y no constituyen la decisión de mayoría de este pronunciamiento.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Miglierini, Hilda Aurora y otros c/ Provincia de Río Negro (I.P.R.O.S.S) s/ contencioso administrativo s/ inaplicabilidad de leyCSJN · 08/06/2004

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.