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Corte Suprema

CORSICO ALICIA MARIA c/ ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL

La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, siguiendo el precedente Germán, Aarón. Además, dejó sin efecto la interlocutoria de 2 de julio de 2002 e impuso las costas a la demandada en todas las instancias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1519. XXXVI. RHE
Ejecucion previsional Ley 24.463 Arts. 22 y 23 Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Anses Costas Precedente german Jubilacion Corte suprema

¿Quién es el actor?

Alicia María Córsico.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución previsional, con cuestionamiento de la aplicación de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y de la imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte dejó sin efecto la interlocutoria del 2 de julio de 2002, declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS, revocó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 (conforme "Germán, Aarón") e impuso las costas a la demandada en todas las instancias. El juez Vázquez se remitió a su disidencia en "Rueda".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la ANSeS vinculados con la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 han sido resueltos por esta Corte en la causa G.413.XXXVI. 'Germán, Aarón c/ ANSeS' -considerando 34-, fallada con fecha 12 de noviembre de 2002, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"Que los planteos atinentes a la imposición de costas conducen al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las que motivaron la decisión del Tribunal en la causa R.1109.XXXVIII. 'Rueda, Orlinda c/ ANSeS s/ ejecución previsional', fallada con fecha 15 de abril de 2003, a cuyas consideraciones corresponde remitir en razón de brevedad, por lo que cabe confirmar la sentencia apelada sobre el punto."

"El juez Vázquez se remite a su disidencia en la causa citada." (Nota: esta es la postura minoritaria del juez Vázquez; no constituye la decisión del tribunal.)

Normas que cita

Fallos que cita

  • Germán, Aarón c/ ANSeSCSJN · 12/11/2002
  • Rueda, Orlinda c/ ANSeS s/ ejecución previsionalCSJN · 15/04/2003

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