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Corte Suprema

CRISCUOLO DANIEL c/ s/RECURSO DE QUEJA

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario fiscal, dejando sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal y ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la causa Georgevich. El vicepresidente Belluscio, en disidencia, desestimó la queja remitiéndose a su propio voto en ese precedente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 4077. XXXVIII. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Casacion penal Recurso extraordinario fiscal Remision a precedente Georgevich Denegacion de recurso extraordinario Nuevo pronunciamiento Competencia penal.

¿Quién es el actor?

Fiscalía General N° 3 ante la Cámara Nacional de Casación Penal (recurrente, a través de su fiscal general Ricardo G. Wechsler).

¿A quién se demanda?

Daniel Criscuolo (imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho (queja) por denegación de recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal, que había intervenido después de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiendo la causa al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. La decisión se fundó en remisión a lo resuelto en "Georgevich" (G.3135.XXXVIII, 23/03/2004), cuyos fundamentos se dieron por reproducidos en razón de brevedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia es breve y reproduce textualmente: "Que al caso resulta aplicable lo resuelto por el Tribunal en el expediente G.3135.XXXVIII. 'Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172', de fecha 23 de marzo de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." La mayoría resolvió "Por ello, oído el señor Procurador General, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada."

¿Cómo votaron los jueces?

Consideró aplicable, en lo pertinente, lo tratado en "Georgevich" en la disidencia del juez Belluscio, y por ello desestimó la queja. Esta postura no es la decisión del tribunal.

Fallos que cita

  • Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172CSJN · 23/03/2004

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