JurisprudenciaARG
Corte Suprema

G. M. A. c/ P. J. R. Y OTRO s/IMPUGNACION DE PATERNIDAD

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios deducidos por la demandada y por la actora en un juicio entre particulares por cuestiones personales. Dejó sin efecto la decisión de la alzada y ordenó dictar un nuevo fallo conforme a derecho, por la descalificación del pronunciamiento anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 434. XXXVIII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Descalificacion de sentencia Nulidad de fallo de alzada Remision al dictamen del procurador fiscal Costas por su orden Cuestiones personales Reenvio para nuevo fallo Corte suprema de justicia de la nacion Derecho procesal federal.

¿Quién es el actor?

M. A. G.

¿A quién se demanda?

J. R. P.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge de la transcripción del fallo, que sólo contiene la parte resolutiva y la remisión al dictamen del Procurador Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se declararon formalmente admisibles ambos recursos extraordinarios, se dejó sin efecto la sentencia apelada, las costas se impusieron por su orden y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la parte actora han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite en razón de brevedad."

"Que respecto de los agravios esgrimidos por el demandado, el Tribunal entiende que salvando una deficiencia formal del recurso del interesado, dada la forma en que se expide en el remedio federal de la contraparte, cabe estar a lo que allí se resuelve en punto a la descalificación del fallo de la alzada y a la necesidad del dictado de una nueva decisión."

Los fundamentos completos del dictamen del Procurador Fiscal no fueron transcriptos en el documento analizado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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