DEGIOVANNI DE FRANCISCANGELO LILIANA CONCEP- CION c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires contra la denegación del recurso extraordinario en una causa por reclamo de daños contra el Municipio. El tribunal fundó la decisión en la inadmisibilidad formal del recurso previsto en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y condenó a la Municipalidad a satisfacer el depósito, cuyo pago quedó diferido conforme la acordada 47/91.
¿Quién es el actor?
Liliana Concepción Degiovanni de Franciscangelo.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No surge del texto de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
Se desestima la queja. Se condena a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada n° 47/91 (fs. 61).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- Acordada 47/91
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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