MARISCAL ROBERTO J. c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/ARTS.232 Y 233 LCT. APLIC. CONV.ANSES-
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la AFIP-DGI y declaró formalmente admisible el recurso extraordinario. Revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de Mar del Plata, remitiendo a los fundamentos del precedente García Zaccagnini y ordenando dictar un nuevo fallo.
Actor/Recurrente: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) – Dirección General Impositiva (DGI), en carácter de parte recurrente en la queja.
Demandado/Recurrido: Roberto J. Mariscal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra el pronunciamiento de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata en el litigio entre el contribuyente y la DGI.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó parcialmente el pronunciamiento apelado, sin costas, y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme al precedente citado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios expuestos por la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte el 8 de julio de 2003 en los autos G.1137.XXXVI. 'García Zaccagnini, María Florencia y otros c/ Dirección General Impositiva', a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad."
El fallo es breve: no desarrolla fundamentos propios, sino que remite por analogía al precedente "García Zaccagnini" (que, según el dictamen del Procurador General allí citado, versa sobre cuestiones tributarias análogas). No hubo votos en disidencia.
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- García Zaccagnini, María Florencia y otros c/ Dirección General ImpositivaCSJN · 08/07/2003
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