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Corte Suprema

BALDINI OMAR EMILIO Y ZAS ANGELA MARIA s/AMPARO

Los actores promovieron amparo para recuperar depósitos a plazo fijo en dólares alcanzados por el decreto 1570/01. El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro hizo lugar a la acción, pero la Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia por haber sido dictada sin la firma de un juez que había intervenido en la votación y por falta de competencia material, y ordenó remitir la causa al juez federal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 2701. XXXVIII. REX
Amparo Plazo fijo en dolares Decreto 1570/01 Nulidad de sentencia Falta de firma de juez Competencia ratione materia Justicia federal Principio de contradiccion Recurso extraordinario Corralito bancario

¿Quién es el actor?

Omar Emilio Baldini y Angela María Zas.

¿A quién se demanda?

Banca Nazionale del Lavoro, sucursal San Carlos de Bariloche, y el "Gruppo Banca Nazionale del Lavoro SPA" (matriz y filiales).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recuperar sumas depositadas a plazo fijo en dólares estadounidenses, alcanzadas por el decreto 1570/01; el tribunal de grado ordenó el pago mensual de U$S 10.000.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó la remisión de las actuaciones al juez federal competente. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la sentencia es nula por la ausencia palmaria de un requisito esencial, máxime cuando la participación del juez que no suscribe la sentencia resultaba claramente imprescindible para que quedase conformada la voluntad mayoritaria del tribunal (Fallos: 315:695, entre otros)..."

"...tal pronunciamiento ha sido dictado por un tribunal que no era competente ratione materia (confr. Fallos: 325:1883 y causa A.193.XXXIX 'Angolani, Hugo Héctor c/ Bankboston N.A.'...)".

"...corresponde descalificar el fallo apelado como acto judicial válido."

¿Cómo votaron los jueces?

coinciden con la mayoría excluyendo el considerando 6°, y agregan como fundamento "desconocimiento del principio de contradicción". Se aclara que este criterio no es el de la mayoría sino una adhesión parcial.

¿Cómo votaron los jueces?

el juez Lutz propuso devolver según Ley 25.561 y decreto 214/02, y el juez Balladini adhirió al primer voto (Sodero Nievas), que no firmó por licencia. La Corte no se pronunció sobre la moneda de devolución por haber anulado la sentencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Angolani, Hugo Héctor c/ Bankboston N.A.CSJN · 27/05/2004 · Fallos 325:1883
  • Fallos 315:695CSJN

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