JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LAPAZ OJEDA ROBERTO Y OTROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/RECURSO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por los actores contra la Provincia de Santa Fe. Dejó sin efecto el pronunciamiento del tribunal provincial y ordenó que se dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto, remitiendo a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 338. XXXIX. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Provincia de santa fe Remision al dictamen del procurador fiscal Nuevo pronunciamiento Sentencia dejada sin efecto Costas Procedencia formal

¿Quién es el actor?

Roberto Lapaz Ojeda y otros.

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no lo describe; sólo surge el número de expediente L. 338. XXXIX).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia de fs. 314/319 de los autos principales, con costas. Se devuelven los autos al tribunal de origen (Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe) para que dicte nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del recurrente encuentran adecuada respuesta en el dictamen del señor Procurador Fiscal, al que corresponde remitirse por razones de brevedad." El fallo no transcribe otros fundamentos propios; la motivación está en el dictamen del Procurador Fiscal, que no integra el texto analizado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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