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Corte Suprema

POMA CERRUNDA DAVID PASCUAL c/ ROSSI CARLOS Y OTRO s/ACCIDENTE DE TRABAJO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por los demandados en un juicio por accidente de trabajo y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo fallo. Los jueces Petracchi y Fayt votaron en disidencia por declarar inadmisible el recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 541. XXXVII. REX
Accidente de trabajo Recurso extraordinario Procedencia Sentencia dejada sin efecto Remision al dictamen del procurador fiscal Inadmisibilidad Art. 280 cpcc Costas Suprema corte de la provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

David Pascual Poma Cerrunda.

¿A quién se demanda?

Carlos Oscar Rossi y Roberto José Maulini (quienes interponen el recurso extraordinario), en el marco de la demanda por accidente de trabajo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización derivada de un accidente de trabajo, tramitado en la Provincia de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte hace suyos los fundamentos del Procurador Fiscal, declara procedente el recurso extraordinario, deja sin efecto la sentencia apelada, impone costas y devuelve los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Los Dres. Petracchi y Fayt, en disidencia, consideraron el recurso inadmisible (art. 280 CPCC).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo remite al dictamen del Procurador Fiscal en razón de brevedad ("Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos expuestos por el señor Procurador Fiscal en el dictamen que antecede, a cuyas consideraciones corresponde remitir en razón de brevedad"). Los fundamentos concretos del dictamen no surgen del texto provisto. La disidencia sostuvo: "Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

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