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Corte Suprema

MANCILLA MARIA ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias que ordenaron el reajuste de los haberes previsionales de los actores. La decisión remite a los fundamentos de los precedentes Perletto y Torres Brizuela y a lo resuelto en Spitale respecto de la tasa de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 507. XL. ROR
Reajuste previsional Haberes jubilatorios Anses Limitacion de recursos Plazo de cumplimiento de sentencia Tasa de interes Remision a precedentes Perletto Torres brizuela Spitale

¿Quién es el actor?

María Angélica Mancilla y otros (conjunto de jubilados y pensionados que demandaron por reajustes previsionales).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por el organismo previsional y confirmó las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la sentencia es una resolución remisoria. En el considerando 1° se expresa que la cuestión vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional "resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad". En el considerando 2° se indica que los agravios referentes a la tasa de interés "guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en la causa S.2767.XXXVIII. 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', sentencia del 14 de setiembre de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad". En el considerando 3° se expresa que los restantes agravios "suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos".

No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativaCSJN · 14/09/2004
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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