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Corte Suprema

BATRICHEVICH PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Los actores reclamaron el reajuste de sus haberes previsionales y la aplicación de la tasa pasiva de interés sobre las diferencias adeudadas por la ANSeS. La Corte Suprema declaró desiertos los recursos de los actores, admitió los de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas con el alcance fijado en el precedente Perletto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 2386. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Tasa pasiva de interes Anses Recurso extraordinario Memorial art. 280 cpccn Recurso desierto Costas art. 21 ley 24.463 Precedente perletto Precedente torres brizuela Cumplimiento de sentencia previsional.

¿Quién es el actor?

Pedro Batrichevich (y, en la causa acumulada, Miguel Liguori).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales y tasa de interés aplicable a las diferencias adeudadas.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró desiertos los recursos ordinarios de los actores por no haber presentado el memorial exigido por el art. 280, segundo párrafo, del CPCCN; declaró procedentes los recursos de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas con el alcance indicado en "Perletto". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente S.2767.XXXVIII. 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', fallada con fecha 14 de septiembre de 2004."

"Los agravios relacionados con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, han sido examinados y resueltos por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente cabe remitir."

"Los restantes agravios del ANSeS, guardan sustancial analogía con los examinados por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

"No obstante haberse notificado a los actores de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentaron el memorial exigido por dicha norma."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativaCSJN · 14/09/2004
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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