JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ARENERA FERRANDO S.A.C.E.I. c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/EXPROPIACION INVERSA

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires contra la decisión de la Cámara que excluyó la indemnización expropiatoria del régimen de la ley 23.982 y ordenó indemnizar el camino de sirga. El Tribunal sostuvo que los agravios sobre la inconstitucionalidad de la ley 23.982 no constituyen cuestión federal y que no se advierte arbitrariedad en las restantes objeciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 628. XXVI. RHE
Queja Recurso extraordinario Expropiacion Ley 23.982 Camino de sirga Cuestion federal Arbitrariedad Competencia extraordinaria Deposito previo Acordada 47/91

¿Quién es el actor?

Arenera Ferrando S.A.C.E.I.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por expropiación, en particular por la superficie correspondiente al camino de sirga.

¿Qué se resolvió?

se desestima la queja y se confirma el rechazo del recurso extraordinario. Se condena a la demandada a satisfacer el depósito previsto en el art. 286 del CPCCN, diferido según la acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios dirigidos a cuestionar la inconstitucionalidad de la ley 23.982 no constituyen cuestión federal apta para sustentar el remedio intentado por no darse uno de los requisitos indispensables para su aceptación, cual es el de la resolución contraria al derecho federal invocado (Fallos: 311:955 y sus citas)."

"Con relación a las restantes objeciones no se advierte un caso de arbitrariedad que justifique su intervención en materias que, según el art. 14 de la ley 48, son ajenas a su competencia extraordinaria."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 311:955CSJN

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