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Corte Suprema

GOMEZ LILIAN ANGELICA c/ EMPRESA VILLA MAURICIO S.R.L. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario deducido por la actora en una causa por daños y perjuicios y dejó sin efecto la resolución apelada, por remisión a los fundamentos del precedente Fallos 321:219. Ordenó dictar nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expresado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 817. XXXVII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Admisibilidad Danos y perjuicios Remision a precedente Fallos 321:219 Nuevo pronunciamiento Art. 280 cpccn Disidencia

¿Quién es el actor?

Lilian Angélica Gómez.

¿A quién se demanda?

Empresa Villa Mauricio S.R.L. y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la sentencia, que se limita a la resolución del recurso.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la resolución apelada, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado. Los señores Ministros Boggiano y Maqueda votaron en disidencia y consideraron que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 CPCCN), por lo que desestimaban la queja. Esta postura quedó en minoría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión que se suscita en autos es sustancialmente análoga a la examinada en Fallos: 321:219, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

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