FERAZZA HECTOR c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO
La Corte Suprema tuvo por interpuesto en plazo el recurso de queja por denegación del recurso extraordinario, en razón de que en situaciones de duda debe asegurarse el ejercicio del derecho de defensa. En consecuencia, dejó sin efecto la providencia que había considerado extemporáneo el recurso.
¿Quién es el actor?
Héctor Ferazza.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de queja interpuesto por denegación de recurso extraordinario. La sentencia no describe el reclamo de fondo.
¿Qué se resolvió?
Se tiene por presentada la queja y se deja sin efecto la providencia de fs. 58, prosiguiéndose las actuaciones según su estado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"en atención a lo informado por la Mesa de Entradas del Tribunal a fs. 70 y habida cuenta de que en una situación de duda debe asegurarse el ejercicio del derecho de defensa con la copia obrante a fs. 60/66 vta. corresponde tener por interpuesto en plazo el recurso de queja por denegación de recurso extraordinario, y, en consecuencia, dejar sin efecto lo proveído a fs. 58."
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