LOPEZ AMALIA HAYDEE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra la ANSeS por reajustes previsionales, cuestionando la tasa pasiva de interés, el plazo de cumplimiento y la prescripción. La Corte Suprema declaró desierto el recurso de la actora por no presentar el memorial exigido por el art. 280 del CPCCN, hizo lugar al recurso de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada remitiéndose a los precedentes Spitale, Perletto y Torres Brizuela.
¿Quién es el actor?
Amalia Haydée López.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales, con cuestionamientos sobre la tasa pasiva de interés, el plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste, y la prescripción.
¿Qué se resolvió?
se declaró desierto el recurso ordinario de la actora, se declaró procedente el recurso de la ANSeS y se confirmó la sentencia apelada con el alcance indicado en "Perletto".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente S.2767.XXXVIII 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', fallada con fecha 14 de septiembre de 2004."
Considerando 2°: "Que los planteos relacionados con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, han sido examinados y resueltos por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones en lo pertinente cabe remitir."
Considerando 3°: "Que los agravios vinculados con la prescripción deben ser desestimados, por no guardar relación con lo resuelto, solución que también resulta aplicable a los restantes cuestionamientos de la ANSeS, que guardan sustancial analogía con los analizados por esta Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."
Considerando 4°: "Que no obstante haberse notificado a la parte actora de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma, circunstancia que determina la deserción del recurso."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativaCSJN · 14/09/2004
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
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